Comportamiento legislativo y desarrollo doctrinal/jurisprudencial de las Indicaciones Geográficas (IG) en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela y su diferencia y semejanzas con las marcas

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Comportamiento legislativo y desarrollo doctrinal/jurisprudencial de las Indicaciones Geográficas (IG) en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela y su diferencia y semejanzas con las marcas

  La Asociación Interamericana de Propiedad Intelectual (ASIPI), consecuente con el trabajo adelantado por su Comité de Indicaciones Geográficas, se ha interesado en continuar profundizando en el tema y por ello, se ha propuesto avanzar y complementar los trabajos publicados en la obra denominada “Siglo XXI: El Despertar de las Indicaciones Geográficas en América”, en lo que refiere al estatus legislativo actual de regulación del tema, además de revisar antecedentes administrativos y jurisprudenciales en los que se ha avanzado en torno a la regulación de las Indicaciones Geográficas (IG) y las Denominaciones de Origen (DOP), con el propósito de contar con insumos actualizados y exhaustivos que permitan brindar a través de las representaciones de cada país, sugerencias y recomendaciones en apoyo a la definición o al fortalecimiento del tema, según corresponda. En esta oportunidad me correspondió analizar el comportamiento legislativo, doctrinal y jurisprudencial de los citados signos distintivos, en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela, países que poseen distintos niveles de desarrollo y se desenvuelven en contextos regionales de alianza y cooperación también distintos, por ende, la manera de regularlos normativamente ha sido diferente. Adicionalmente, han sido objeto de estudio las jurisdicciones de los países integrantes de la Comunidad Andina (CAN – Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), a cargo del Dr. Arturo Tello. Del mismo modo, fue analizada la situación en torno al tema relativa a los países del Cono Sur, a saber: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, correspondiéndole dicha revisión al Dr. Peter Siemsen y la Dra. Ana Lucia De Sousa Borda - Irene de Sola Lander   [post_title] => Comportamiento legislativo y desarrollo doctrinal/jurisprudencial de las Indicaciones Geográficas (IG) en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela y su diferencia y semejanzas con las marcas [post_excerpt] => Comportamiento legislativo y desarrollo doctrinal/jurisprudencial de las Indicaciones Geográficas (IG) en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela y su diferencia y semejanzas con las marcas   La Asociación Interamericana de Propiedad Intelectual (ASIPI), consecuente con el trabajo adelantado por su Comité de Indicaciones Geográficas, se ha interesado en continuar profundizando […] [post_status] => publish [comment_status] => closed [ping_status] => closed [post_password] => [post_name] => comportamiento-legislativo-y-desarrollo-doctrinaljurisprudencial-de-las-indicaciones-geograficas-ig-en-lo-que-atane-a-cuba-espana-panama-republica-dominicana-y-venezuela-y-su-diferencia-y-semeja [to_ping] => [pinged] => [post_modified] => 2022-05-31 02:17:01 [post_modified_gmt] => 2022-05-31 02:17:01 [post_content_filtered] => [post_parent] => 0 [guid] => http://asipi.org/?post_type=publicacion&p=2464 [menu_order] => 0 [post_type] => wpdmpro [post_mime_type] => [comment_count] => 0 [filter] => raw [post_content_ml] => [:es]

Comportamiento legislativo y desarrollo doctrinal/jurisprudencial de las Indicaciones Geográficas (IG) en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela y su diferencia y semejanzas con las marcas

  La Asociación Interamericana de Propiedad Intelectual (ASIPI), consecuente con el trabajo adelantado por su Comité de Indicaciones Geográficas, se ha interesado en continuar profundizando en el tema y por ello, se ha propuesto avanzar y complementar los trabajos publicados en la obra denominada “Siglo XXI: El Despertar de las Indicaciones Geográficas en América”, en lo que refiere al estatus legislativo actual de regulación del tema, además de revisar antecedentes administrativos y jurisprudenciales en los que se ha avanzado en torno a la regulación de las Indicaciones Geográficas (IG) y las Denominaciones de Origen (DOP), con el propósito de contar con insumos actualizados y exhaustivos que permitan brindar a través de las representaciones de cada país, sugerencias y recomendaciones en apoyo a la definición o al fortalecimiento del tema, según corresponda. En esta oportunidad me correspondió analizar el comportamiento legislativo, doctrinal y jurisprudencial de los citados signos distintivos, en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela, países que poseen distintos niveles de desarrollo y se desenvuelven en contextos regionales de alianza y cooperación también distintos, por ende, la manera de regularlos normativamente ha sido diferente. Adicionalmente, han sido objeto de estudio las jurisdicciones de los países integrantes de la Comunidad Andina (CAN – Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), a cargo del Dr. Arturo Tello. Del mismo modo, fue analizada la situación en torno al tema relativa a los países del Cono Sur, a saber: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, correspondiéndole dicha revisión al Dr. Peter Siemsen y la Dra. Ana Lucia De Sousa Borda - Irene de Sola Lander  [:en]

Legislative behavior and doctrinal / jurisprudential development of the Geographical Indications (GI) in relation to Cuba, Spain, Panama, Dominican Republic and Venezuela and their difference and similarities with trademarks

  The Inter-American Association of Intellectual Property (ASIPI), consistent with the work carried out by its Committee on Geographical Indications, has been interested in continuing to deepen the subject and therefore has proposed to advance and complement the works published in the work called “Siglo XXI: The Awakening of Geographical Indications in America ”, regarding the current legislative status of regulation of the subject, in addition to reviewing administrative and jurisprudential antecedents in which progress has been made regarding the regulation of Geographical Indications (GI) and the Denominations of Origin (PDO), with the purpose of having updated and exhaustive inputs that allow to provide, through the representations of each country, suggestions and recommendations in support of the definition or strengthening of the subject, as appropriate. On this occasion, it was my responsibility to analyze the legislative, doctrinal and jurisprudential behavior of the aforementioned distinctive signs, as regards Cuba, Spain, Panama, the Dominican Republic and Venezuela, countries that have different levels of development and operate in regional contexts of alliance and cooperation are also different, therefore, the way of normatively regulating them has been different. Additionally, the jurisdictions of the member countries of the Andean Community (CAN - Bolivia, Colombia, Ecuador and Peru) have been studied, by Dr. Arturo Tello. In the same way, the situation regarding the issue relative to the countries of the Southern Cone was analyzed, namely: Argentina, Brazil, Chile, Paraguay and Uruguay, with said review corresponding to Dr. Peter Siemsen and Dr. Ana Lucia De Sousa Borda - Irene de Sola Lander[:pb]

Comportamiento legislativo y desarrollo doctrinal/jurisprudencial de las Indicaciones Geográficas (IG) en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela y su diferencia y semejanzas con las marcas

  • Introducción.
  • Respuestas y análisis del cuestionario.
  • Estudio analítico, complementario al cuestionario acerca de la situación legislativa, doctrinal y jurisprudencial respecto de la concepción y regulación de las indicaciones geográficas.
  • Diferencias y semejanzas entre las denominaciones de origen, indicaciones geográficas.
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Comportamiento legislativo y desarrollo
doctrinal/jurisprudencial de las Indicaciones
Geográficas (IG) en lo que atañe a Cuba,
España, Panamá, República Dominicana y
Venezuela y su diferencia y semejanzas con
las marcas

 

La Asociación Interamericana de Propiedad Intelectual (ASIPI), consecuente con el trabajo adelantado por su Comité de Indicaciones Geográficas, se ha interesado en continuar profundizando en el tema y por ello, se ha propuesto avanzar y complementar los trabajos publicados en la obra denominada “Siglo XXI: El Despertar de las Indicaciones Geográficas en América”, en lo que refiere al estatus legislativo actual de regulación del tema, además de revisar antecedentes administrativos y jurisprudenciales en los que se ha avanzado en torno a la regulación de las Indicaciones Geográficas (IG) y las Denominaciones de Origen (DOP), con el propósito de contar con insumos actualizados y exhaustivos que permitan brindar a través de las representaciones de cada país, sugerencias y recomendaciones en apoyo a la definición o al fortalecimiento del tema, según corresponda.

En esta oportunidad me correspondió analizar el comportamiento legislativo, doctrinal y jurisprudencial de los citados signos distintivos, en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela, países que poseen distintos niveles de desarrollo y se desenvuelven en contextos regionales de alianza y cooperación también distintos, por ende, la manera de regularlos normativamente ha sido diferente.

Adicionalmente, han sido objeto de estudio las jurisdicciones de los países integrantes de la Comunidad Andina (CAN – Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), a cargo del Dr. Arturo Tello. Del mismo modo, fue analizada la situación en torno al tema relativa a los países del Cono Sur, a saber: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, correspondiéndole dicha revisión al Dr. Peter Siemsen y la Dra. Ana Lucia De Sousa Borda - Irene de Sola Lander

 

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Comportamiento legislativo y desarrollo doctrinal/jurisprudencial de las Indicaciones Geográficas (IG) en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela y su diferencia y semejanzas con las marcas

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La Asociación Interamericana de Propiedad Intelectual (ASIPI), consecuente con el trabajo adelantado por su Comité de Indicaciones Geográficas, se ha interesado en continuar profundizando en el tema y por ello, se ha propuesto avanzar y complementar los trabajos publicados en la obra denominada “Siglo XXI: El Despertar de las Indicaciones Geográficas en América”, en lo que refiere al estatus legislativo actual de regulación del tema, además de revisar antecedentes administrativos y jurisprudenciales en los que se ha avanzado en torno a la regulación de las Indicaciones Geográficas (IG) y las Denominaciones de Origen (DOP), con el propósito de contar con insumos actualizados y exhaustivos que permitan brindar a través de las representaciones de cada país, sugerencias y recomendaciones en apoyo a la definición o al fortalecimiento del tema, según corresponda.

En esta oportunidad me correspondió analizar el comportamiento legislativo, doctrinal y jurisprudencial de los citados signos distintivos, en lo que atañe a Cuba, España, Panamá, República Dominicana y Venezuela, países que poseen distintos niveles de desarrollo y se desenvuelven en contextos regionales de alianza y cooperación también distintos, por ende, la manera de regularlos normativamente ha sido diferente.

Adicionalmente, han sido objeto de estudio las jurisdicciones de los países integrantes de la Comunidad Andina (CAN – Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), a cargo del Dr. Arturo Tello. Del mismo modo, fue analizada la situación en torno al tema relativa a los países del Cono Sur, a saber: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, correspondiéndole dicha revisión al Dr. Peter Siemsen y la Dra. Ana Lucia De Sousa Borda – Irene de Sola Lander

 

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